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No. 31 - Noviembre, 2008

PRESTACIONES
DE FIN DE AÑO

C.P.C. y M.I. Dulce María del Rosario Zurita Franco



El aguinaldo es una prestación que representa para los trabajadores, el premio al esfuerzo realizado durante el año, que beneficiará también a su familia.

El Aguinaldo se puede definir como: “Regalo que se da en Año Nuevo.”. “Regalo que se hace por Pascua de Navidad”.

Anteriormente no existía en la Ley Federal del trabajo la prestación del Aguinaldo, se otorgaba en algunas ocasiones por la buena fe de algunos patrones como una retribución adicional al final del año, la cual fue incorporada al texto de la Ley.

El Aguinaldo como lo conocemos en la actualidad en el Artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo (L.F.T.) principia con la Nueva Ley Federal del Trabajo el 1o. de Mayo de 1970, sólo que el Artículo en comento entra en vigor hasta el 1o. de Julio de 1970. El que a la letra dice “Los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual que deberá pagarse antes del día veinte de diciembre, equivalente a quince días de salario, por lo menos.

Los que no hayan cumplido el año de servicios, independientemente de que se encuentren laborando o no a la fecha de liquidación del aguinaldo, tendrán derecho a que se les pague la parte proporcional del mismo, conforme al tiempo que hubieran trabajado, cualquiera que fuere éste.”

No siempre ha estado esta redacción en el último párrafo, porque hasta antes del 31 de diciembre de 1975 en que este Artículo se modifico, esta prestación dependía de que el trabajador estuviera laborando en la fecha de pago del aguinaldo, y con la reforma de la fecha mencionada se especifica que el pago del Aguinaldo es independiente a que se encuentre laborando o no a esa fecha, mencionando también que será proporcional al tiempo trabajado.

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PRINCIPALES PUBLICACIONES
DEL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN
SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO

30 de octubre de 2008
Acuerdo por el que se da a conocer la información relativa a la recaudación federal participable y a las participaciones federales, por estados y, en su caso, por municipios y la correspondiente al Distrito Federal, así como los procedimientos de cálculo, por el mes de septiembre de 2008.

14 de octubre de 2008
Resolución que modifica las Disposiciones de carácter general aplicables a las instituciones de crédito.
13 de octubre de 2008
Tasas para el cálculo del IEPS aplicables a l enajenación de gasolinas y diesel en el mes de septiembre de 2008.
9 de octubre de 2008
Relación de planes de pensiones registrados ante la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro.
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OTRAS DEPENDENCIAS

31 de octubre de 2008
SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL

Acuerdo que tiene por objeto dar cumplimiento a lo dispuesto en el último párrafo del artículo 34 de la Ley de Coordinación Fiscal, para los efectos de la formulación del Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2009.

24 de octubre de 2008
BANCO DE MEXICO

Índice nacional de precios al consumidor quincenal.
24 de octubre de 2008
SECRETARIA DE ECONOMIA

Decreto por el que se modifican diversos aranceles de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación.
23 de octubre de 2008
BANCO DE MEXICO

Índice nacional de precios al consumidor.
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