El aguinaldo es una prestación que representa para los trabajadores, el premio al esfuerzo realizado durante el año, que beneficiará también a su familia.
El Aguinaldo se puede definir como: “Regalo que se da en Año Nuevo.”. “Regalo que se hace por Pascua de Navidad”.
Anteriormente no existía en la Ley Federal del trabajo la prestación del Aguinaldo, se otorgaba en algunas ocasiones por la buena fe de algunos patrones como una retribución adicional al final del año, la cual fue incorporada al texto de la Ley.
El Aguinaldo como lo conocemos en la actualidad en el Artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo (L.F.T.) principia con la Nueva Ley Federal del Trabajo el 1o. de Mayo de 1970, sólo que el Artículo en comento entra en vigor hasta el 1o. de Julio de 1970. El que a la letra dice “Los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual que deberá pagarse antes del día veinte de diciembre, equivalente a quince días de salario, por lo menos.
Los que no hayan cumplido el año de servicios, independientemente de que se encuentren laborando o no a la fecha de liquidación del aguinaldo, tendrán derecho a que se les pague la parte proporcional del mismo, conforme al tiempo que hubieran trabajado, cualquiera que fuere éste.”
No siempre ha estado esta redacción en el último párrafo, porque hasta antes del 31 de diciembre de 1975 en que este Artículo se modifico, esta prestación dependía de que el trabajador estuviera laborando en la fecha de pago del aguinaldo, y con la reforma de la fecha mencionada se especifica que el pago del Aguinaldo es independiente a que se encuentre laborando o no a esa fecha, mencionando también que será proporcional al tiempo trabajado.
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